Sujeto que violaba a su hija es condenado a 15 años de cárcel en Iquique

Entre el año 2012 y 2013, se produjeron los terribles hechos de manera reiterada. El guardia de seguridad aprovechaba los momentos en que se encontraba solo con la menor de 10 años en ese entonces, cuando su madre trabajaba

Los abusos ocurrieron en la villa Navidad. El sujeto además amenazaba a la pequeña con pegarle si llegaba a contar lo que él le hacía. La hermana de la menor fue la que finalmente la alentó a denunciar al abusador, ya que, ella estuvo en ocasiones en que ocurrieron estos hechos.

En el juicio el testimonio de la madre y de la hermana fueron claves para determinar la pena en contra de este guardia de seguridad. A esto se suma la confirmación médica del servicio medico legal y de la sicóloga, lo que terminó con el dictamen de una pena de 15 años por violaciones.

 

 

 

Rossi insiste en que no se presentará en su formalizacion y vuelve a solicitar desafuero

Tras el video publicado hace unos días, donde el senador independiente Fulvio Rossi, alegaba que el proceso por el cual estaría siendo formalizado, es totalmente irregular, dado que no se le ha dado la oportunidad de una legítima defensa y menos de presunción de inocencia.

Por esta razón es que el actual senador por Tarapacá, ha declarado públicamente, que no asistirá a su formalización por el caso SQM, del que además afirma no ser culpable de ningún cargo y que este proceso investigativo solo ha sido una persecución política.

De esta manera el senador declaró a través de un comunicado público que «La fiscalía una vez más no sólo no solicitó mi desafuero, sino que espera que concurra a una audiencia de formalización que se realizará a sólo 3 meses de las elecciones»

Agregando que «No voy a asistir a la audiencia de formalización. No es un capricho, ni estoy haciendo uso de un privilegio. Lo decidí porque la ley no permite que en esa instancia yo pueda discutir la pertinencia de la solicitud de la Fiscalía, ni de las imputaciones que se me formulen en ella» cerró el senador.

 

A través de un video el Senador Fulvio Rossi, solicitó desafuero en caso SQM

El senador Fulvio Rossi, apareció nuevamente involucrado en el caso SQM, por lo que su reacción no tardó en llegar.

El ex PS, solicitó a través de un video público el desafuero del caso con el fin de poder defenderse en un juicio justo, debido a que el ministerio público lleva al menos dos años investigándolo a pesar de no haber sido formalizado.

Eso quiere decir que está siendo objeto de investigación sin tener derecho a una legítima defensa y dejando fuera la presunción de inocencia.

Dentro de esta publicación el senador independiente señaló que «como es de público conocimiento, llevo más de 2 años y medio siendo objeto de una exhaustiva investigación por parte del Ministerio Público, en una de las aristas del caso SQM, pese a no haber sido formalizado en la causa, lo que ha implicado que se han vulnerado el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a defenderme»

Además aprovechó la oportunidad para confrontar nuevamente al diputado PC Hugo Gutierrez, señalando que «he sido víctima de constantes filtraciones ilegales que han perjudicado mi imagen pública»

Por esto Rossi, solicita el desafuero con el fin de poder defenderse de las acusaciones que se le imputan y poder enfrentar el proceso de votaciones del noviembre libre de cargos.

Otra decepción de la justicia chilena. Rebajan pena de Mauricio Ortega

Una terrible noticia es la que se desarrolló el día de hoy en la Corte Suprema de Santiago, donde la corte de apelaciones acogió la revocación de la condena sentenciada en la corte de Coyhaique en mayo pasado.

Lo anterior se habría basado en el argumento que Ortega, no habría tenido la intención de matar a Nabila, por lo que la condena de femicidio frustrado habría bajado de 12 a solo 4 años. Esto se traduce que por 4 votos contra uno, se aprobó la rebaja de la pena que originalmente eran 26 a 18 años.

Según el magistrado de la corte suprema se pudo comprobar en el juicio que “No quedó demostrado cabalmente en el proceso, el dolo de matar”, agregando que «si bien se acreditaron los golpes y mutilación de los ojos, no queda demostrado el dolo» cerrando con que “No estamos afirmando que no haya tenido la intención de matar, si no que no queda demostrado que haya tenido la intención de matar”

Los ministros de la corte suprema que votaron en esta ultima instancia de la justicia chilena son Milton Juica, único voto en contra, mientras que Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm votaron a favor de esta controversial medida.

Actualmente, se está barajando la posibilidad de apelar a una corte internacional, ya que, en Chile ya no es posible seguir con este proceso.

 

 

 

Tibunal Oral en lo Penal de Iquique condena a consejero regional por uso malicioso de instrumento público, fraude al fisco y perjurio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó hoy –miércoles 5 de julio– al consejero regional Luis Plaza Roco a las penas 850 días de presidio, como autor del delito de uso malicioso de instrumento público falso; 805 días de presidio por obtención fraudulenta del fisco de prestaciones improcedentes, y 60 días de presidio como autor del delito de perjurio. ilícitos perpetrados entre 2013 y 2016. Penas que cumplirá con el beneficio de libertad vigilada intensiva por el lapso de 1.760 días.

En fallo unánime (causa rol 648-2016), el tribunal –integrado por los magistrados Carlos Cosma Inojosa (presidente), Marilyn Fredes Araya y Loreto Jara Peña (redactora)– aplicó, además, a Plaza Roco la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, más el pago de multas por 21  y 6 UTM (unidades tributarias mensuales).

En el aspecto civil, el tribunal acogió, con costas, la demanda interpuesta por la parte querellante, condenando a Plaza Roco a pagar la suma única y total de $34.263.783, más reajustes e intereses.

Fallo que dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en agosto de 2013, Plaza Roco se presentó ante la Secretaria Regional de Educación de Tarapacá, con la finalidad de obtener una copia del certificado de notas de su licencia de enseñanza media, emitido supuestamente por el Liceo Juan Pablo Segundo. Solicitud que no prosperó al no figurar el solicitante en los registros oficiales.

Ante la insistencia del consejero, la seremía solicitó al director del Liceo Juan Pablo II la remisión de la nómina de licenciados y actas de estudio correspondiente al cuarto medio del año 2000. En la nómina remitida apareció el nombre de Plaza, por lo que el 19 de agosto de ese año, la repartición educacional extendió la licencia de Educación Media solicitada por Plaza.

«(…) documento que certificaba que éste había aprobado la Educación Media en dicho establecimiento educacional, menciones ideológicamente falsas, al faltar a la verdad en la narración de los hechos sustanciales, puesto que Plaza nunca aprobó la enseñanza media en dicho Liceo, y no existe registro alguno que acredite haberla completado en algún otro establecimiento educacional, determinándose que tanto el Acta de Registro de Calificaciones Finales y Promoción como el listado de alumnos licenciados de tercero y cuarto año medio correspondiente al año 2000, de la educación nocturna, del Liceo referido, se confeccionaron después de haberse adulterado el libro de clases», establece el fallo.

En tanto, «el 20 de marzo de 2013, Luis Plaza Roco concurrió a las oficinas del Servel de Tarapacá, donde inscribió su candidatura a las elecciones a Consejero Regional del año 2013, acompañando una declaración jurada firmada ante notario, señalando que cumplía con todos los requisitos para el cargo al que postulaba, pese a saber que no era así, por cuanto nunca terminó su enseñanza media, requisito esencial para participar en dicho proceso eleccionario, en el cual resultó electo como Consejero Regional, percibiendo del Gobierno Regional, entre los meses de marzo de 2014 y agosto de 2016, por concepto de dieta por asistencia a sesiones de pleno, de comisiones y dieta anual, la suma total de $34.263.783».

 

Dos imputados por homicidio fueron absueltos por falta de testigos

Durante la audiencia que se llevó a cabo en el tribunal oral en lo Penal de Iquique, en la cual se trataría el caso del homicidio del joven de 19 años, Ángelo Jeraldo Olivares, ocurrido el 21 de agosto de 2016 a eso de las 21:15 en la intersección de las calles Hernán Fuenzalida y Orlando Labonda.

Sin embargo, hubo un hecho determinante en la absolución de los dos únicos imputados en este caso, este fue que los testigos del caso no se presentaron a declarar.

Según lo publicado por el poder judicial, se dejó en libertad a los dos jóvenes inculpados por este hecho es que el caso presentaba «insuficiencia, imprecisiones y contradicciones de la prueba rendida».

 

Caso Caval: Compagnon podrá viajar a Estados Unidos

Ayer, mientras que todo el país estaba pendiente del partido de Chile con Alemania, la primera sala de la Corte de Rancagua, concedió la autorización a Natalia Compagnon para viajar a Miami con toda su familia, en el marco de las vacaciones de invierno.

Ante este permiso, la nuera de la presidenta de CHile, señaló que “muy contenta con el desempeño de los abogados”. Añadiendo que  “hasta el final esperaremos demostrar que soy completamente inocente y que este juicio fue más mediático que judicial“.

El Ministerio Público estaba en desacuerdo, ya que siempre se expuso el argumento que existe riesgo de fuga si se le concedía viajar, sin embargo, eso no fue suficiente debido a que los tres jueces aprobaron la petición.

La justificación para esta autorización es que, Compagnon, siempre concurrió a sus citas con la justicia, además de las dos propiedades que dejó como fianza.

Un nuevo revés en este emblemático caso.

 

Caso Frontera: Abogado defensor asegura que apelarán al fallo que declaró culpables a los nueve bolivianos

Las declaraciones post fallo en el juicio abreviado de los nueve bolivianos detenidos en Chile, aún traen repercusiones, ya que el abogado defensor de los imputados, señaló que apelará al fallo dictado por la jueza Isabel Peña, en el que se declaró que los 2 militares y los 7 funcionarios de la aduana boliviana eran culpables de los cargos que se le acusaban, es decir, robo  con violencia, porte ilegal de armas y la intención de comercializar lo sustraído.

Ante este fallo, el procurador general del Estado de Bolivia, Pablo Menacho, señaló a un medio local que «Era algo que esperábamos, que estaba dentro de lo previsible. Sin embargo, creo que hemos escuchado cosas inverosímiles, como que la droga y el contrabando son bienes protegidos por la ley chilena. Hemos visto que se han utilizado los argumentos sobre el lugar de la ocurrencia de los hechos, se la utilizado para condenar a funcionarios públicos de Bolivia por contrabando, cuando eso demostraba que las personas que eran perseguidas por los funcionarios públicos de Bolivia en esa lucha contra el contrabando»

Agregando que «Nosotros en esta audiencia no hemos renunciado a nuestro derecho a apelar, derecho que corre a partir de hoy, por cinco días, es decir, hasta el día lunes. Nosotros ahora vamos a sostener con todo el equipo jurídico las reuniones correspondientes de trabajo para analizar los pasos a seguir»

El abogado reiteró que la postura de la defensa es que los imputados son inocentes, lo que intentarán demostrar en un próximo juicio de apelación.

Foto portada: Soychile.cl/Iquique

Caso Frontera: Bolivianos tienen 30 días para salir del país.

Durante horas de esta tarde, se realizó la audiencia con la sentencia final sobre el caso de los nueve bolivianos que se encontraban detenidos en la cárcel de Alto Hospicio.

En dicha lectura de veredicto y condena se cerraba todo el proceso legal, que es investigado desde marzo, fecha en que se produjo este incidente, donde los imputados fueron detenidos por personal de carabineros, trasladándose en territorio chileno, armados y en poder de un camión que no les pertenecía.

Estos fueron los cargos por los cuales los dos militares y siete funcionarios aduaneros fueron detenidos y mantenidos en prisión preventiva durante los 120 días que duró la investigación.

Finalmente la jueza Isabel Peña, los declaró a todos culpables de los delitos de robo con violencia y porte ilegal de armas, desestimando todos los argumentos presentados por la defensa. Además solo los dos militares quienes portaban armas fueron inculpados por el delito de porte ilegal de armas, ya que según lo declaró la magistrada, es que a pesar que ambos eran militares y tenían autorización de utilizarlas en su país, eso no implica que no fuese un delito en nuestro país.

Es más, se comprobó, según los antecedentes y la investigación realizada que los imputados tenían ánimo de lucro con la mercadería sustraída, y que no estaban cumpliendo con las labores propias de un funcionario de Aduana.

Los imputados deberán dejar nuestro país dentro de los próximos 30 días, quedando con prohibición de entrar a nuestro país, por 10 años a los funcionarios de aduana y 20 años para los militares.

Expectación ante sentencia de Juicio Abreviado de Bolivianos detenidos en la Frontera

En pocos minutos comenzará la transmisión de la segunda parte de este juicio abreviado de los nueve bolivianos detenidos en territorio chileno.

En este juicio la defensa de los imputados que se encuentran en prisión preventiva, están solicitando que se les libere de los cargos debido a que ellos no sabían que habían pasado la frontera y que se encontraban realizando maniobras de lucha contra el contrabando. Y si se les llega a declarar culpables, que la sentencia implique la expulsión inmediata del país.

En tanto el ministerio público solicitó tres años de cárcel para cada uno los delitos de robo con intimidación y porte ilegal de armas, y una multa de 32 millones de pesos por el delito de contrabando en territorio chileno.

A lo anterior se debe agregar la tensión que se ha creado en torno a este proceso judicial, ya que en la Organización de Estados Americanos (OEA), hubo un intercambio de palabras entre los cancilleres de ambos países, ya que Fernando Huanacuni, canciller de Bolivia, calificó la detención de los ciudadanos altiplánicos como un «secuestro». A lo que Heraldo Muñoz, quien respondió que «Chile no acepta que se ventile en la OEA una situación judicial interna de mi país. El precedente que se puede estar creando con esto es interminable».

Además, el presidente boliviano Evo Morales está siguiendo este caso muy de cerca, manifestando su postura en las redes sociales, señalando que esta posible sentencia de tres años, representa la soberbia de algunas autoridades chilenas.

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A esta hora aún se desarrolla el juicio abreviado a los nueve bolivianos detenidos

Durante esta jornada se está desarrollando este juicio abreviado en el que se está revisando el caso de los nueve bolivianos detenidos en la frontera con Chile.

Se debe entender que el juicio abreviado implica que se entrega un veredicto de manera más expedita, lo que no implica que los imputados asuman su culpa en los cargos de los que se les acusan.

Recordemos que el Ministerio Público y Aduanas de Chile solicitaron tres años y un día por los delitos de robo con intimidación y porte ilegal de armas. A lo anterior se agrega la solicitud de una multa de $32 millones por el contrabando de dos vehículos que ingresaron a territorio nacional.

Según lo que explicó el abogado defensor de los bolivianos en Chile señaló que «con un juicio abreviado podemos debatir el fondo del asunto y bajo condiciones probatorias que son adecuadas para nosotros. Antes no era posible porque no estaban todas las pruebas para fundamentar la teoría del caso y hoy sí las tenemos»

 

26 años es la sentencia de Mauricio Ortega en caso Nabila Rifo

Hace unos instantes a través del canal del poder judicial, se transmitió la sentencia para Mauricio Ortega, quien es el único imputado en el caso de agresión y cuasi delito de homicidio en contra de Nabila Rifo en Coyhaique.

La sentencia dictada en el tribunal dice lo siguiente:12 años y 180 días por el delito de femicidio frustrado, 12 años por lesiones graves gravísimas y 540 días por violación de morada.

Mauricio Ortega no realizó ninguna declaración luego de dictada la sentencia, pero quien sí habló fue Nabila, quien dijo que tiene «fe en que se va a hacer justicia y que las mujeres van a ser más escuchadas y respetadas. Y le doy un gran saludo a todas las mujeres que me han apoyado, que hicieron caravanas en Santiago, a toda la gente, sobretodo a la fiscalía que me apoyó mucho todo este tiempo»

Caso José Vergara: Confirman prisión preventiva a ex Carabineros

El 13 de septiembre de 2015, José Vergara de 22 años, esquizofrénico, fue detenido por los cuatro ex policías, perdiendo el rastro del joven.

Los cuatro ex policías que se mantenían recluidos en las cárceles de Acha y Alto Hospicio, son enjuiciados por la desaparición de este joven, ya que, aunque no haya cuerpo, los detenidos podrán ser condenados a penas efectivas de más de 10 años, debido a que se trata de un secuestro y desaparición forzada.

Este juicio, no implica que la búsqueda de José Vergara se detenga, al contrario, las labores de búsqueda serán reanudadas con el fin de dar finalmente con el cuerpo de este joven de Alto Hospicio.

El 1 de Octubre de dicho año, también hubo un procedimiento e informaciones irregulares, debido a que el dicha oportunidad, el prefecto de Carabineros de Tarapacá, Mauro Victoriano, dijo que «Lo detuvieron y no fue trasladado a una comisaría, como lo regula el protocolo institucional de actuación, sino que lo trasladaron a la vía pública, lo dejaron en la calle. Hemos tenido noticias de que testigos que lo habrían visto en el sector de El Boro, como asimismo un familiar lo habría divisado el domingo. Estamos desplegando todos nuestros esfuerzos y reuniéndonos con la familia a fin de lograr la ubicación de él»

El abogado de la familia, Enzo Morales, dijo que las acciones legales, irán más allá de los cuatro imputados que hoy quedaron en prisión preventiva, ya que las ordenes de detenciones y procedimientos siempre provienen de los altos mandos.

Mario Ortega es declarado culpable de delito de femicidio frustrado y lesiones graves gravísmas en contra de Nabila Rifo

Han sido meses de investigación, declaraciones, testimonios y diversas versiones, hoy finalmente el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique, entregó su veredicto ante el terrible caso de Nabila Rifo.

Los magistrados del caso, Luis del Río, Pablo Freire y Mario Reyes,  dictaminaron que el único imputado en la causa es culpable de 3 de los 4 delitos que se le imputaban. Por lo tanto fue declarado culpable debido a que fue la única persona inculpada por los delitos cometidos contra Nabila.

Los cargos por los que fue condenado, son: femicidio frustrado, lesiones graves gravísimas y el delito de violación de morada violenta.

Una de las causales de este veredicto fue el mismo testimonio de Ortega, quien según el tribunal habría declarado que “de manera acomodaticia aseguró que después que sus dos últimos amigos se fueron y quedó solo con Nabila, volvió a salir al exterior del inmueble, para acto seguido entrar a uno de los vehículos y quedarse dormido durante 10 a 15 minutos, casi en el mismo tiempo en que Nabila estaba siendo agredida (…) lo cual sin duda constituye una versión que contribuyó a confirmar su participación en los hechos”

Ortega arriesga una pena de hasta 26 años de cárcel, veredicto que será entregado el próximo 02 de mayo a las 16 horas.

Ex alcalde de Colchane queda con arraigo nacional y firma mensual

El ex edil de Colchane, Teófilo Mamani, quedó con arraigo nacional y firma mensual luego de ser formalizado por malversación de fondos en el Juzgado de Garantía de Iquique.

Durante el proceso llevado a cabo esta mañana, Mamani, se le imputó el cargo de malversación de fondos tras ser sorprendido utilizando maquinaria municipal en su terreno de Alto Hospicio.

La denuncia se interpuso el año 2014y fue presentada por el diputado comunista Hugo Gutiérrez y certificada por los concejales Benjamín García (Independiente por el PPD), Manuel Challapa (Independiente por el PRI) y Vicente García (PS).

Los hechos ocurrieron el día 17 de Octubre de dicho año, cuando el funcionario municipal Milano Calle conducía un cargador frontal de la casa consistorial, realizando movimientos de tierra al interior de una propiedad del ex alcalde en la comuna de Alto Hospicio.

Indignadas las víctimas de Neismy Toledo, luego de fallo de la corte de Iquique

Durante esta jornada se desarrolló el juicio contra Neismy Toledo y su marido Gilberto Arredondo. Ambos fueron acusados por estafar a cientos de familias en la comuna de Alto Hospicio durante los años 2011 y 2012 cuando Neismy se desempeñaba como secretaria del concejal Ernesto Pérez.

Ella prometió terrenos, subsidios y casas a varias familias a las que les solicitaba altas sumas de dinero, las que llegaron a entregar hasta 11 millones de pesos a cambio de conseguir con rapidez el sueño de la casa propia.

El Tribunal Oral de Iquique, dictaminó que la acusada deberá cumplir dos condenas por 541 días, suspensión de cargos y oficios públicos y dos multas de 11 UTM, es decir unos $5.157.000 millones. En tanto, Gilberto Arredondo , fue absuelto de una de las causas en su contra, teniendo que pagar 541 días de presidio menor en su grado medio, a la suspensión de cargos públicos, multa a beneficio fiscal de 11 UTM y al pago de las costas de la causa. Estas sentencias no sería suficiente para las víctimas de estos embaucadores.

A continuación podremos ver unas imágenes de la salida del abogado defensor y la reacción de los afectados.

Se Advierte, las imágenes pueden ser fuertes.

 

Ex candidata a concejal Neismy Toledo queda bajo medidas cautelares por delitos de estafa

Los delitos de estafa que ocurrieron entre los años 2011 y 2012, se desarrollaron en la comuna de Alto Hospicio, lugar donde Neismy Toledo, se desempeñaba como secretaria del concejal Ernesto Pérez.

Durante ese período, Toledo, ofreció terrenos y subsidios a cambio de sumas de dinero. Una víctima de esta mujer le entregó 10 millones de pesos y otra 11 millones, luego de este proceso, vinieron los problemas que comenzaron el año 2012 cuando ella les informó a todos que ya no sería posible continuar con la tramitación de estos terrenos y viviendas, dada la denuncia que se realizó en televisión de las irregularidades sucedidas en la alcaldía de dicha comuna.

La fiscalía presentó en el juicio realizado el martes pasado, pruebas contundentes en contra de Neismy Toledo y su marido, Gilberto Arredondo Zamora, dichas pruebas consistían en testimonios de víctimas, testigos y de funcionarios de la Brigada de Delitos Económicos de la PDI que participaron en el investigación de los hechos.

Según lo publicado en el sitio oficial de la Fiscalía de Chile, «Toledo entregó a una de las afectadas para supuestamente devolverle dinero, cheques que no pudieron ser cobrados ya que tenían orden de no pago por extravío y pertenecían a una amiga de la acusada.»

En el próximo juicio de esta causa, se sabrá la sentencia por los delitos cometidos por Toledo y su marido. Ésta podrá llegar incluso a una pena de 7 años de presidio que ha solicitado la fiscalía a lo que se suman las medidas cautelares.

El caso de suplantación de paternidad remece a la región de Tarapacá

En horas de esta mañana, en nuestro informativo Acierto Noticias, se dio a conocer un caso de suplantación de paternidad que afecta a Claudia Cabezas. Sin embargo, este no sería el primer caso de este tipo de delito.

Claudia demandó a su ex pareja por pensión alimenticia, para lo cual se debió realizar un examen de ADN con el fin que el sujeto reconociera la responsabilidad sobre el recién nacido. El problema fue cuando Claudia se acercó al registro civil a solicitar el certificado de nacimiento de su hija, llevándose gran sorpresa al ver que el ciudadano peruano, Víctor Hugo Carrión León, reconoció como suya a la niña.

Esto implica que actualmente, Claudia, no puede realizar ningún tramite legal o de otra índole con su hija, dado que ella aparece en el registro civil reconocida por otro hombre que no vive en Chile.

Además, implica que la ex pareja de ella no se haga cargo de su responsabilidad como padre, ya que no aparece él en los registros legales. Claudia, debió acudir a la justicia con el fin de poder esclarecer este drama en el que se ha visto envuelta ella y su pequeña hija.

A lo anterior se suma la atenuante que la actual pareja del padre de la niña es abogada, por lo que se puede pensar que hay otros factores que están interviniendo en el desarrollo de este proceso.

Debido a esta denuncia por parte de la afectada, Victor Carrión quedó en prisión preventiva durante tres meses, de acuerdo a la resolución entregada hoy en el tribunal de Pozo Almonte.

Este no es el primer caso de este tipo en nuestra región, por lo que es un tema del que se debe estar pendiente, ya que se podría estar ante la presencia de una red de servicios ilegales de suplantación de paternidad.

SERNAC gana juicio a ABCDIN: Afectados deben concurrir a cualquier tienda ABCDIN para cobrar indemnización

¿Renegoció deuda con ABCDIN entre 2007 y 2012?

SERNAC GANA JUICIO A ABCDIN: AFECTADOS DEBEN CONCURRIR A CUALQUIERA DE LAS TIENDAS ABCDIN PARA COBRAR INDEMNIZACIÓN QUE PUEDE LLEGAR A 30 MIL PESOS.

  • Se trata de 4 grupos de consumidores, quienes recibirán montos que van desde los $3 mil a los $30 mil pesos.
  • Para poder cobrar dichos montos, los beneficiarios deben acercarse a partir del 31 de marzo, a cualquiera de las sucursales de la tienda con su carnet de identidad.
  • Esta indemnización corresponde a una sentencia favorable lograda por el SERNAC, tras una demanda colectiva en contra de la administradora de la tarjeta ABCDIN, por mantener en los registros de Morosidades y Protestos, por ejemplo DICOM, a consumidores, pese a que habían renegociado sus deudas.

Entre $3 mil y $30 mil son los montos de las indemnizaciones que tienen derecho a solicitar los consumidores que fueron beneficiados por un fallo judicial, tras una demanda colectiva presentada por el SERNAC en contra de la empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA), administradora de la tarjeta ABCDIN, por mantener en los registros de morosidades y protestos (por ejemplo: DICOM) a consumidores que habían renegociado sus deudas.

El plazo para ejercer sus derechos y cobrar estos montos se inicia este 31 de marzo. Para recibir la indemnización, los consumidores deben acudir a alguna de las sucursales de la empresa ABCDIN a lo largo del país, presentando su cédula de identidad. También, es posible que los consumidores otorguen un mandato simple y especial para que, una persona en particular, pueda recibir por ellos la respectiva indemnización. Por último, también han resultado favorecidos de la sentencia los herederos de los beneficiarios fallecidos.

El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, hizo un llamado a quienes hayan renegociado sus deudas con la empresa ABCDIN entre el 20 de enero del año 2007 y el 20 de enero del año 2012, a que se acerquen a las tiendas y hagan efectiva su indemnización. “Esta sentencia judicial alcanza a 76.372 convenios suscritos que, según información entregada por la empresa al 22° Juzgado Civil de Santiago, que fueron a su vez suscritos por 66.106 consumidores, y ratifica una vez más que las empresas que no cumplen con los estándares que establece la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), deben responder ante los consumidores, ya sea, directamente o a través de los tribunales de justicia, tal como sucedió en este caso”.

La autoridad recordó además que cuando un consumidor repacta una deuda, rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad.

¿Qué montos comprende la indemnización?

Montos de Indemnización Grupos de Consumidores Beneficiados
$30.000 Consumidores que suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2010 y el 20 de enero de 2012, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían su convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de 2012.
$22.000 Consumidores suscribieron el convenio de pago entre el 20 de febrero de 2008 y el 20 de diciembre de 2009, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían su convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de 2012.
$15.000 Consumidores que suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2008 y 20 de enero de 2007, no fueron eliminados dentro de los siguientes 7 días y tenían su convenio al día (íntegramente pagado o en vías de pago) al 20 de enero de 2012.
$3.000 Consumidores que suscribieron el convenio de pago entre el 20 de enero de 2007 y el 20 de enero de 2012, y no tenían su convenio de pago al día al 20 de enero de 2012.


¿Qué debo hacer si la empresa no cumple o me niega la indemnización?

En caso que usted se encuentre dentro de los grupos mencionados en el cuadro precedente y la empresa se niegue a pagarle su indemnización, por favor informar a SERNAC, mediante la presentación de un reclamo en nuestra página web o bien, en una de nuestras Direcciones Regionales o llamando de forma gratuita a nuestro centro telefónico: 800700100.

Finalmente, el Director Muñoz, explicó que el Servicio monitoreará la implementación de esta sentencia judicial que beneficia a un grupo importante de consumidores de todo Chile.

Antecedentes de la demanda colectiva del SERNAC

En noviembre del año 2016, la Corte Suprema confirmó la sentencia que en su momento dictó el Juez Titular del 22° Juzgado Civil de Santiago, Sr. Pedro García Muñoz en contra de la empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA) administradora de la tarjeta de ABCDIN, que incluyó indemnizaciones a los consumidores que fueron mantenidos en los registros de Morosidades y Protestos, como por ejemplo DICOM, pese a que habían renegociado sus deudas.

Este fallo obedece a una demanda colectiva presentada por el SERNAC en contra de la empresa, por no eliminar de las bases de Morosidades y Protestos, por ejemplo: DICOM, a los consumidores que firmaron convenios de pago entre el año 2007 y 2012.

COFISA avalaba su actuar en un convenio de pago que le hacía firmar a los consumidores que aceptaban la renegociación de la deuda, donde se establecía que el firmante aceptaba que no sería eliminado de sus antecedentes comerciales y/o financieros hasta el pago de la última cuota. Esto quería decir que, aunque el consumidor renegociara su deuda, la empresa los mantenía en DICOM hasta que pagara la última cuota, cuestión que el tribunal declaró que no procedía.

En dicha sentencia, la justicia además declaró nulas aquellas cláusulas que le permitían a COFISA mantener en los registros de morosos a los consumidores que habían renegociado sus deudas; ordenó a la empresa eliminar de los registros de morosidades y protestos a los consumidores afectados; y determinó el pago de una multa de $1.734.720 por cada artículo infringido de la LPC (3 letras a) y b), 4, 12, 16 letra g) y 23) por lo que debió pagar una multa total de $10.408.320.

 

 

Extradición y prisión preventiva para Sergio Jadue

En el juicio en ausencia del imputado,  que se realizó el día de ayer en en Centro de Justicia de Santiago, en contra del ex presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional de Chile, Sergio Jadue, se hizo lectura de los cargos presentados por la Fiscalía Oriente, a través de los cuales se le imputan fraudes al fisco y conspiración.

Actualmente, Jadue se encuentra en Estados Unidos, por lo que uno de los fallos fue su inmediata extradición, además de prisión preventiva.

En tanto la defensa del imputado, buscará en la corte de apelaciones, revocar la sentencia dictaminada en el 13° Juzgado de Garantía de Santiago.