- Con esta acción legal, el organismo busca que la justicia declare nulas dichas disposiciones, además de aplicar las multas por infringir la Ley.
- En el periodo 2016-2017, el SERNAC ha recibido 152 reclamos contra esta empresa.
El Servicio Nacional del Consumidor presentó una demanda colectiva en contra de la Inmobiliaria Maestra por cláusulas abusivas en su contrato de promesa de compraventa, lo anterior luego de no fructificar la mediación colectiva con la empresa, ya que tras dicha instancia, ésta ajustó sólo parcialmente este tipo de contrato.
Con esta acción el Servicio busca que la justicia declare nulas las condiciones abusivas detectadas en los contratos de promesa de compraventa de la inmobiliaria, que atentan contra los derechos de los consumidores, como por ejemplo, la facultad de la empresa de poder dar vigencia e interpretación a una cláusula declarada nula, ilegal o inaplicable.
Las cláusulas abusivas son aquellas que la ley prohíbe y que se pueden encontrar en los contratos de adhesión, es decir aquellos que son redactados y ofrecidos por la empresa. Este tipo de cláusulas o disposiciones, son impuestas por las empresas y alteran el equilibrio entre las partes causando un perjuicio al consumidor.
El Director Nacional, Ernesto Muñoz, sostuvo que “si bien son las empresas quienes redactan los contratos, las reglas del juego las impone la Ley, prohibiendo las cláusulas abusivas. Si las reglas son abusivas, no valen”.
Reclamos
Durante este 2016, el SERNAC recibió 124 reclamos en contra de esta empresa, mientras que en el año 2017 –hasta ahora- suman 28 quejas por parte de los consumidores. Los principales motivos: incumplimientos en las condiciones contratadas, servicio defectuoso y mala calidad de la vivienda.
Por su parte, en todo el mercado inmobiliario durante el 2016, el SERNAC recibió 5.172 reclamos, lo que lo ubica entre los sectores con más quejas por parte de los consumidores. Durante el mismo período del 2015, el Servicio recibió 3.224. Es decir, durante el 2016 hubo un aumento de casi 2.000 casos.
Por otro lado, el principal problema del mercado inmobiliario es la alta tasa de respuesta desfavorable que entregan las empresas hacia los consumidores, pues durante el 2016, sumando los casos que no son acogidos y aquellos que no son respondidos, suman un 62%, por lo que sólo fueron acogidos durante este período un 38% de los casos.
Acciones en este mercado
El Servicio ha iniciado juicios colectivos en contra de aquellas empresas de este mercado que no han cumplido con los consumidores ni con la ley que resguarda sus derechos en materias como cláusulas abusivas en sus contratos, problemas relacionados con calidad de la vivienda, incumplimientos de condiciones contratadas y demora en la entrega.
Dichas acciones judiciales se han iniciado en contra de empresas como inmobiliaria Marta Bid, Constructora Santa Beatriz, inmobiliaria San Sebastián, inmobiliaria Galilea S.A, inmobiliaria Aconcagua, inmobiliaria Familiar, entre otras.
A lo anterior se suman 11 mediaciones colectivas iniciadas desde 2014 y 32 Juicios de Interés general interpuestos entre el 2015 y 2017.
Derechos en el mercado inmobiliario
La compra de una vivienda es la inversión más importante para la mayoría de las familias, pues involucran los sueños y proyecciones de cada uno de sus integrantes, donde además se destinan parte importante de los ahorros conseguidos durante años de trabajo.
En este sentido, el Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, recalcó que “los consumidores tienen derecho a recibir un servicio con estándares de profesionalismo de parte de las empresas inmobiliarias, lo que implica, por ejemplo, que se respeten al pie de la letra lo ofertado tanto en los contratos como en la publicidad”.
La autoridad agregó “que si las empresas ofrecen “entrega inmediata”, “espectacular vista a la cordillera” o “amplias piscinas” y “áreas verdes”, es lo que exactamente los consumidores deben recibir”.
Derechos de los consumidores
- Que se cumpla al pie de la letra todo lo prometido, por ejemplo, con los plazos de entrega y las características de la vivienda.
- Recibir información veraz y oportuna. Las empresas no debe omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la compra.
- El consumidor tiene derecho a conocer el precio final, con todos los cargos incluidos.
- Lo que la inmobiliaria promete en su publicidad, se entiende incorporado al contrato de compra-venta. Por ejemplo, si la empresa promete determinados metros cuadrados.
- Cuando las inmobiliarias no cumplen la ley, los consumidores tienen derecho a reclamar y exigir las compensaciones que correspondan.
Asimismo, la normativa especial que rige este mercado, denominada Ley de Calidad de la Vivienda establece, entre otros aspectos, los plazos en que las empresas deben responder cuando se producen problemas:
- En las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
- En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
- Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra
- La Ley General del urbanismo y Construcciones incluye también el procedimiento de demandas colectivas por los daños y perjuicios en la calidad de las construcciones, la cual establece que a partir de 6 o más afectados por mala de construcción en un conjunto habitacional se puede iniciar un juicio colectivo bajo esta normativa.
Recomendaciones al comprar una vivienda
Al momento de comprar una vivienda, un buen consejo es guardar los soportes publicitarios, los que le servirán para saber qué exigir y tener las pruebas en caso de cualquier incumplimiento.
Para tener mayor certeza, el SERNAC recomienda:
Solicitar toda la toda la información relevante del proyecto, antes incluso de hacer una reserva en dinero. Esto incluye al menos:
- Planos de planta con detalle de superficie, especificando qué significa útil.
- Especificaciones técnicas de artefactos, terminaciones, materialidad.
- Especificación de orientación, vistas y emplazamiento.
Las superficies deben ajustarse a lo vendido, y prometido y en caso de existir diferencias, los consumidores deben ser compensados por la inmobiliaria, esto, sin perjuicio de las sanciones que contempla la LPC u otro tipo de acciones legales
Los plazos de entrega deben respetarse. Actualmente la demora en la entrega es uno de los motivos que concentra la mayoría de los reclamos ante el SERNAC. El llamado a los consumidores es negociar contratos con multas en caso de atrasos, esto, sin perjuicio que frente a los incumplimientos se deben aplicar las sanciones e implementar las acciones reparatorias que contempla la Ley del Consumidor.
Dónde reclamar
Para consultas o reclamos a través de sitio web www.sernac.cl o llamando al 800-700-100, desde celulares y teléfonos fijos, además de las oficinas del Servicio a lo largo del país y en las oficinas de atención municipal.