Ante el toque de queda que afecta a varias regiones del país, las autoridades dejaron en claro que para que las personas puedan estar en las calles durante la madrugada por una emergencia o motivos laborales, deben solicitar un salvoconducto.
Este documento se puede obtener en la comisaría de Carabineros más cercana y deberá ser mostrado cuando sea requerido por parte de la policía uniformada y la PDI.
El abogado penalista Felipe González explicó a 24 Horas que “por regla general para poder obtener un salvoconducto no existe una regla que diga cuáles son los antecedentes o documentos que se deben acompañar para justificar dicha solicitud”.
Sin embargo, González detalló que para poder solicitar el salvoconducto, la persona puede acompañar su contrato de trabajo o los pasajes en caso de viaje, ya que la aprobación o rechazo del documento queda a criterio del oficial a cargo.
“Lo si bien no existe asociada una sanción para efectos del toque de queda en la ley de estados de excepción constitucional, lo que sí puede entenderse y quizá en términos muy generales que se podría incurrir en una falta penal del artículo 496 n 1 del código penal de acuerdo a lo que es la desobediencia de la autoridad”, agregó.
Frente a esto, “lo que solía hacer la FF.AA es detener a una persona y hasta cierto punto retenerla con el objeto de que cumpliera el toque de queda en alguna de las instalaciones que tienen para ello”.