● Aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y
embalajes, neumáticos y pilas son los productos prioritarios establecidos por la ley.
Hasta el 4 de junio, a las 14 horas, tendrán plazo los productores de productos
prioritarios para declarar la cantidad de productos prioritarios introducidos al
mercado chileno durante 2019, según lo establecido por la ley 20.920 que
establece un marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del
productor y fomento al reciclaje.
En el contexto, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, Moyra Rojas
Tamborino comentó “invito a las empresas que están afecta a la Ley 20.920 que
realicen su declaración periodo 2019 de sus productos prioritarios con el objetivo
de tener una base de datos y cuantificar el ingreso al territorio nacional de los
productos prioritarios de la ley REP y saber sobre qué porcentaje de ellos las
empresas adoptan técnicas de valorización o manejo de residuos”.
De acuerdo a la legislación, se entiende como productor de un producto prioritario
a todo el que enajena un producto prioritario por primera vez en el mercado
nacional, que enajena bajo marca propia un producto prioritario adquirido de un
tercero que no es el primer distribuidor, o quien importa un producto prioritario
para su propio uso profesional.
Los productos prioritarios son aceites lubricantes, aparatos eléctricos y
electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas.
Para ingresar la declaración, los productores deben ingresar al sistema de
ventanilla única en vu.mma.gob.cl. Quienes tengan la obligación de informar y no
lo hagan se exponen a una infracción, que va desde una de amonestación por
escrito o multa de hasta mil unidades tributarias anuales. Le corresponderá a la
Superintendencia del Medio Ambiente fijar la sanción.