Persona en Iquique se da cuenta que no posee RUT al realizar su tramite de herencia familiar.

Un iquiqueño se percató que no tenía Rol Único Tributario (RUT) tras dirigirse hasta el Registro Civil para tramitar su herencia.

Óscar Ahumada, un ex guardia de seguridad que jubiló hace un par de semanas y que, debido a una enfermedad crónica cardiaca, llegó hasta el Registro Civil para solicitar un certificado de matrimonio, documento que le permitiría establecer quien sería su heredero. Sin embargo, al llegar al servicio público le señalaron en sistema no figuraba con ningún RUT.

«Yo estaba haciendo los trámites. La niña que me atendió sacó un certificado de matrimonio por internet y se dio cuenta que no tengo mi RUT registrado en mi casamiento», dijo el afectado.

Asimismo, Ahumada, comentó que solicitó una solución en las oficinas del Registro Civil de calle Sotomayor, donde no recibió ninguna respuesta satisfactoria.

«No me quieren solucionar el problema. Me dijeron que volviera al otro día (sábado) y no atienden. Entonces me parece raro que no solucionen el problema. Para mí es grave, porque tengo que dejarle las cosas (herencia) a mi señora, y puedo dejarla sin nada», añadió el iquiqueño, quien aseguró que concurrió al servicio durante dos días para exigir solución y solo le recomendaron rectificar su acta de nacimiento.

«Quiero dar a conocer que esto no puede volver a ocurrir. Si no se soluciona, lo denunciaré a un abogado para ver lo que se puede hacer», añadió.

Desde la dirección regional del Registro Civil en Tarapacá, señalaron que la única solución que pueden brindar a óscar Ahumada es que se acerque a rectificar su número identificatorio en las oficinas del Registro Civil de calle Sotomayor.

«Se debe rectificar la partida de matrimonio para que vuelva a aparecer el RUN del cónyuge. Para eso invitamos a don Óscar Ahumada a dirigirse hasta la oficina del Registro Civil ubicada en Sotomayor 708 en horario de atención de público, para proceder a realizar la rectificación de la partida. De no poder asistir, también puede realizar este trámite solo la cónyuge, llevando -preferentemente- la cédula del Sr. Ahumada», comunicaron desde el Registro Civil.

Finalmente, señalaron que la rectificación no tiene costo alguno y que debería estar resuelta en un plazo no superior a 48 horas.

Creditos a soyiquique.cl

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *